El Gobierno regula vapeadores y crea registro obligatorio

La medida reemplaza la prohibición por un sistema de control estatal, con requisitos técnicos, sanitarios y restricciones para su comercialización.
País04/05/2026SOFIA ZANOTTISOFIA ZANOTTI

El Gobierno nacional oficializó un nuevo marco regulatorio para los vapeadores, cigarrillos electrónicos y otros productos de nicotina de última generación, dejando atrás el esquema de prohibición vigente hasta ahora.

La decisión fue formalizada a través de la Resolución 549/2026 del Ministerio de Salud, que establece un sistema de registro, control y fiscalización para la comercialización e importación de estos dispositivos en todo el país.

Según explicaron desde la cartera sanitaria, el cambio responde a la necesidad de ordenar un mercado que, pese a las restricciones previas, continuó expandiéndose. En ese sentido, señalaron que la prohibición no logró frenar el acceso, especialmente entre adolescentes, donde el consumo alcanzó niveles significativos en el último año.

En este nuevo esquema, los vapeadores, dispositivos de tabaco calentado, líquidos para vaporización y bolsas de nicotina pasan a ser considerados productos derivados del tabaco, por lo que deberán cumplir con las exigencias de la Ley 26.687.

Entre los principales puntos, se establece la obligatoriedad de incluir advertencias sanitarias en los envases y se prohíben diseños, publicidades o presentaciones que puedan resultar atractivas para menores de edad. Además, se restringen los sabores autorizados: solo se permitirán variantes de tabaco y, en algunos casos, mentol.

Por otro lado, la normativa prohíbe específicamente los cigarrillos electrónicos descartables con carga previa, al considerarlos uno de los formatos más accesibles para el inicio del consumo en jóvenes.

En paralelo, se creó el Registro Nacional de Productos de Tabaco y Nicotina (RNPTN), donde deberán inscribirse fabricantes e importadores. Este registro permitirá clasificar los productos, monitorear su uso y ajustar la regulación en función de evidencia sanitaria.

Las empresas estarán obligadas a presentar información detallada sobre cada producto, incluyendo su composición, estudios toxicológicos y análisis de emisiones. También deberán reportar datos sobre volúmenes de venta y perfiles de consumo.

La inscripción tendrá una vigencia de cinco años y será condición indispensable para comercializar o importar estos productos. Aquellos que no estén registrados quedarán automáticamente fuera del mercado legal.

Desde el Gobierno remarcaron que el objetivo es fortalecer la capacidad de control del Estado, reducir riesgos sanitarios y limitar el acceso de menores, en un contexto donde el uso de estos dispositivos continúa en crecimiento.

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