Nuevas medidas para evitar especulaciones con los dólares financieros

Tras la corrida de la última semana, la Comisión Nacional de Valores (CNV) confirmó que la medida comenzará a regir desde este 1° de mayo, con la finalidad de regular con mayor intensidad el régimen de cambios y fortalecer el normal funcionamiento de la economía.

País 02 de mayo de 2023 Oscar A Canavese Oscar A Canavese
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Nuevos límites para las operaciones de valores negociables con liquidación en moneda extranjera

La Comisión Nacional de Valores (CNV) fijó los nuevos límites para las operaciones de valores negociables con liquidación de renta fija en moneda extranjera emitidos por la República Argentina.

La medida llega tras la corrida de las últimas semanas y busca evitar la utilización de la rueda de cauciones para financiar la compra de título, que luego son liquidados en moneda extranjera, un "rulo" que se hizo durante las jornadas de abril tras las regulaciones establecidas por el Ministerio de Economía.

La medida, publicada en el Boletín Oficial y que comenzará a regir a partir de este primero de mayo, estableció un conjunto de disposiciones con la finalidad “de regular con mayor intensidad el régimen de cambios y, consecuentemente, fortalecer el normal funcionamiento de la economía, contribuir a una administración prudente del mercado de cambios, reducir la volatilidad de las variables financieras y contener el impacto de las oscilaciones de los flujos financieros sobre el normal funcionamiento de la economía real”, según se detalló en el comunicado oficial.

Al mismo tiempo, se detalló que, en el marco del Decreto de Necesidad y Urgencia 164/2023, dichos límites “se centran en la cantidad de valores negociables vendidos respecto de la cantidad de valores negociables comprados -con liquidación en moneda extranjera y en jurisdicción local o extranjera-, realizadas en el segmento de concurrencia de ofertas, con prioridad precio tiempo por parte de las subcuentas alcanzadas por lo dispuesto en el artículo 6° del Capítulo V del Título VI, y que revistan el carácter de inversores calificados”.

Por otra parte, se dispone que tanto los agentes de Liquidación y Compensación como los de Negociación no podrán dar curso ni liquidar operaciones de venta de valores negociables con liquidación en moneda extranjera -en jurisdicción local y extranjera- correspondientes a clientes ordenantes (mientras mantengan posiciones tomadoras en cauciones y/o pases, cualquiera sea la moneda de liquidación).

También se aprobaron limitaciones para quienes tengan posiciones tomadoras en cauciones y/o pases y pretendan realizar operaciones de venta de valores negociables con liquidación en moneda extranjera.

Fijan nuevas condiciones para las operaciones con dólares financieros

Los límites se centran en la cantidad de valores negociables vendidos respecto de la cantidad de los comprados (con liquidación en moneda extranjera y en jurisdicción local o extranjera).

Para dar curso a la venta de dólares CCL, deberán observarse como plazos mínimos de tenencia un día hábil en el caso de Valores Negociables emitidos bajo ley argentina y tres para los emitidos bajo ley extranjera, en ambos casos contados a partir de su acreditación en el Agente Depositario Central de Valores Negociables.

Así mismo, se dispone que tanto los Agentes de Liquidación y Compensación (ALyCs) como los de Negociación no podrán dar curso ni liquidar operaciones de venta de valores negociables con liquidación en moneda extranjera -en jurisdicción local y extranjera- correspondientes a clientes ordenantes (mientras mantengan posiciones tomadoras en cauciones y/o pases, cualquiera sea la moneda de liquidación).

“En línea con los objetivos señalados, se evalúa pertinente establecer ciertas restricciones para quienes posean posiciones tomadoras en cauciones y pases, cualquiera sea la moneda de liquidación, y quieran concertar operaciones de venta de valores negociables con liquidación en moneda extranjera, tanto en jurisdicción local como jurisdicción extranjera”, completó la medida.

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