
Un tío deberá pagar la cuota alimentaria de sus sobrinos
SOFIA ZANOTTI


La Justicia de Familia de San Lorenzo, provincia de Santa Fe, ordenó que un hombre deba afrontar la cuota alimentaria de sus sobrinos, ante la falta de cumplimiento de esa obligación por parte del padre.
La resolución fue dispuesta por el juez Marcelo Escola, quien fundamentó la decisión en el principio de solidaridad familiar. La medida se adoptó luego de que la madre de los niños, quien materna en soledad, demostrara que el progenitor nunca cumplió con el pago de alimentos fijado tras el divorcio en 2023, a pesar de haber contado con un trabajo registrado en ese momento.
De acuerdo con lo expresado por el magistrado en declaraciones radiales, el padre se insolventó posteriormente, aunque continuó trabajando de manera informal. Frente a este panorama, la Justicia dio lugar a una medida cautelar para garantizar los recursos básicos de los hijos, quienes están al cuidado de la madre.
El abogado de la mujer señaló que ella se sostiene vendiendo comida o manualidades, ya que debe afrontar gastos de un niño y de una joven con distintos tipos de incapacidad.
El fallo establece que la cuota alimentaria provisoria equivale al 125% de la canasta de crianza de menores de 6 a 12 años, incluye un 30% del aguinaldo, la cobertura de asignación familiar, obra social y otros gastos extraordinarios.



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