
Justicia frena cobros de Mercado Libre a vecino de Murphy
Lorena acosta
El Juzgado Civil y Comercial de 1ª Nominación de Venado Tuerto hizo lugar parcialmente a una medida cautelar presentada por un vecino de Murphy contra Mercado Libre SRL y ordenó suspender los cobros relacionados con dos operaciones crediticias cuestionadas. La decisión permanecerá vigente mientras se tramita la causa de derecho de consumo.

El expediente fue iniciado por Mario Andrés Sorribas, quien denunció que el 16 de julio aparecieron en su cuenta dos operaciones: una línea de crédito por $11.111.111 y un préstamo denominado Dinero Plus por $650.000. Según su presentación judicial, ambas habrían sido generadas sin su consentimiento informado. Esta situación constituye una versión denunciada por el consumidor que todavía deberá ser resuelta en la sentencia definitiva.
De acuerdo con el planteo del demandante, luego de generarse esas operaciones fue inducido a realizar transferencias hacia cuentas propias y de terceros. Al día siguiente radicó una denuncia penal y posteriormente avanzó con el reclamo judicial. Como documentación incorporó movimientos de la cuenta, comprobantes y una advertencia antifraude atribuida a la plataforma.
Por otro lado, Mercado Libre rechazó el planteo. Según su presentación, las operaciones se realizaron desde dispositivos, direcciones IP y datos de geolocalización habituales del usuario, con validación biométrica y sin modificaciones en las credenciales de acceso. La empresa también señaló que no se había abonado ninguna cuota de los préstamos.
En este marco, la jueza María Celeste Rosso entendió que existían elementos suficientes para disponer una protección provisoria mientras continúa el análisis del caso, sin anticipar una decisión sobre el fondo de la controversia.

La cautelar obliga a Mercado Libre a suspender las gestiones de cobro, descuentos, débitos o compensaciones relacionados con los créditos cuestionados. Además, la compañía deberá abstenerse de iniciar o continuar reclamos judiciales o extrajudiciales y no podrá informar a Sorribas como moroso ante el Banco Central u otras centrales de riesgo crediticio.
La Justicia, en cambio, no hizo lugar por ahora al pedido de restitución de eventuales sumas ya debitadas. Según se indicó, no existe hasta el momento documentación concreta que permita acreditar pagos o descuentos que deban ser reintegrados. Ese punto podría volver a analizarse si aparecen nuevas pruebas durante el proceso.
La resolución tiene carácter cautelar. Por lo tanto, no determina todavía si los créditos fueron obtenidos mediante una maniobra fraudulenta ni establece responsabilidades definitivas entre las partes. Esos aspectos deberán resolverse cuando avance el expediente y se dicte sentencia.






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