Reforma jubilatoria en Santa Fe: estatal comienzan a cobrar con los nuevos descuentos

A partir de este martes, los trabajadores y jubilados provinciales recibirán sus sueldos de septiembre, aplicando los descuentos derivados de la reciente reforma previsional.

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Los trabajadores de la Provincia percibirán a partir del martes 1 de octubre hasta el lunes 7 lo sueldos de septiembre..

Los trabajadores y jubilados estatales de la provincia de Santa Fe comenzarán a percibir, desde este martes 1 de octubre y hasta el lunes 7, los sueldos correspondientes al mes de septiembre. Los haberes incluidon el incremento acordado en paritarias del 2,45%, pero también incorporarán los nuevos descuentos que establece la reforma jubilatoria recientemente reglamentada.

Según informó el Ministerio de Economía provincial, la implementación de la reforma establece que algunos trabajadores activos y pasivos verán reflejado un descuento adicional en concepto de apoyo solidario. Este descuento no se aplicará a quienes perciban ingresos menores a tres jubilaciones mínimas, un umbral que actualmente ronda los $1.125.000 por mes.

La aplicación de la nueva normativa será mixta en este primer mes, ya que se reglamentó a mediados de septiembre. En consecuencia, los recibos de sueldo se liquidarán en dos partes: una bajo la normativa anterior y otra bajo las nuevas disposiciones de la ley.

En el caso de los empleados activos, el aporte jubilatorio aumentará del 15,5% al ​​21% como tope máximo, según las nuevas disposiciones de la reforma provisional. Además, los funcionarios políticos de los tres poderes del Estado, que suman un total de 2.600 agentes, también realizarán un apoyo solidario.

Por otro lado, los jubilados y pensionados que reciban más de tres prestaciones mínimas verán descuentos que oscilarán entre el 2% y el 6%, dependiendo del monto percibido. Este ajuste impactará a aproximadamente 34.200 jubilados, lo cual representa al 32% de los pasivos provinciales.

El Ministerio de Economía aclaró que estos descuentos se aplicarán durante el plazo de vigencia de la emergencia previsional, inicialmente establecido por dos años, con posibilidad de una prórroga adicional de un año.

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