Ratifican la condena al ex presidente comunal de Chovet
El juez penal de Cámara, Juan Pablo Lavini Rosset, confirmó la condena contra el ex presidente comunal de Chovet, Sergio Busquet, por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público, en el marco de una causa vinculada a la toma de un crédito sin aval legal.
La sentencia ratificada establece una pena de 45 días de prisión de ejecución condicional y 90 días de inhabilitación para ejercer cargos públicos. Además, el expediente fue devuelto al tribunal de origen para que se fijen las reglas de conducta que deberá cumplir el condenado.
El caso se originó a partir de un préstamo tomado en septiembre de 2019 por un monto equivalente a 1.440.200 pesos, instrumentado mediante un pagaré por 122 toneladas de soja a precio pizarra de Rosario, con vencimiento en diciembre de ese mismo año. La investigación determinó que los fondos ingresaron a las arcas comunales y fueron registrados en los balances oficiales, aunque sin cumplir con los requisitos establecidos por la Ley Orgánica de Comunas para este tipo de endeudamiento.
En primera instancia, la jueza Mariana Vidal había absuelto a Busquet, pero el fallo fue apelado por el Ministerio Público de la Acusación y posteriormente revocado por el juez Tomás Orso en segunda instancia.
Durante el proceso, la defensa sostuvo que el préstamo fue asumido a título personal y en un contexto de urgencia económica, con el objetivo de afrontar el pago de sueldos, y argumentó que la operación figuraba como una responsabilidad personal en los registros contables. Sin embargo, la fiscal Susana Pepino remarcó que el crédito fue utilizado para fines públicos y que no se solicitó autorización provincial ni se dictó una ordenanza comunal que habilitara la operación.
En la audiencia de apelación, realizada de manera virtual el 19 de noviembre de 2025, el juez Lavini Rosset coincidió con lo resuelto en instancias anteriores, al considerar que no quedó acreditado el estado de necesidad invocado por la defensa. No obstante, advirtió una omisión en la fijación de reglas de conducta, por lo que ordenó que el tribunal de origen las establezca tras escuchar a las partes.