Cambios en los contratos de alquiler tras derogación de la Ley 27.551

La entrada en vigor del DNU de desregulación de la economía ha transformado las reglas para los contratos de alquiler, dejando a propietarios e inquilinos sin una ley que establezca condiciones mínimas.
Economía08/01/2024Redacción Canavese & AsocRedacción Canavese & Asoc
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Hasta el pasado 29 de diciembre, los contratos debían ser por un mínimo de tres años y su valor podía actualizarse cada

Desde el 29 de diciembre, con la derogación de la Ley de Alquileres (27.551) a través del DNU 70/2023, los contratos de locación han experimentado significativos cambios. La normativa, que desreguló la economía, permitió que propietarios e inquilinos acuerden libremente plazos, precios, moneda de pago y mecanismo de ajuste.

Representantes del sector inmobiliario señalan que, en estos primeros días sin la Ley de Alquileres, se ha observado una preferencia por contratos de dos años con actualización trimestral basada en el Índice de Precios al Consumidor (IPC). Sin embargo, contratos de tres años firmados antes de la derogación de la norma aún siguen vigentes, regidos por las condiciones establecidas en 2020 o su modificación de octubre de 2023.

Claudio Vodanovich, secretario general de la Cámara Inmobiliaria Argentina (CIA), menciona que tras la derogación, hay una "tendencia a normalizar lentamente el mercado", con contratos que incluyen un valor fijo para los dos años y actualizaciones trimestrales mediante acuerdo entre las partes.

Marta Liotto, expresidenta del Colegio Profesional Inmobiliario, estima que en cinco o seis meses, la oferta de inmuebles en alquiler estará normalizada, siempre y cuando se mantenga la derogación del megadecreto.

Gervasio Muñoz, presidente de Inquilinos Agrupados (IA), critica la falta de marco regulatorio en Argentina para el alquiler de viviendas, calificando la situación como "dramática". La agrupación ha presentado un amparo ante la Justicia solicitando la nulidad del DNU.

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