Salario mínimo: el Gobierno fijó aumentos mensuales hasta abril de 2027
El Gobierno nacional estableció una nueva escala para el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), con aumentos mensuales desde septiembre de 2026 hasta abril de 2027. La decisión se formalizó a través de la Resolución 4/2026 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil.
Desde septiembre, el piso para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa será de $383.800, frente a los $376.600 que estaban vigentes hasta agosto. Para los trabajadores jornalizados, el nuevo valor será de $1.919 por hora.
La definición llegó luego de la reunión que sindicatos y representantes empresarios mantuvieron el 28 de agosto. Según consta en la resolución, durante el encuentro fueron planteadas las posiciones de ambos sectores pero, después del intercambio, no pudo alcanzarse un acuerdo.
Ante esa situación, la autoridad del Consejo del Salario emitió el correspondiente laudo y estableció los valores que regirán durante los próximos ocho meses.
La escala continuará en octubre con un salario mínimo de $391.200 y $1.956 por hora. En noviembre pasará a $398.800 y $1.994, mientras que en diciembre alcanzará los $406.400 mensuales y $2.032 por hora.
Durante 2027, el esquema establece $414.200 en enero, $422.000 en febrero, $429.600 en marzo y finalmente $437.000 desde abril. Para los trabajadores jornalizados, el último tramo ubicará el valor mínimo en $2.185 por hora.
Tomando como referencia los $376.600 vigentes hasta agosto y los $437.000 establecidos para abril, el incremento nominal acumulado será de $60.400, equivalente a aproximadamente un 16%.
La resolución alcanza a los trabajadores comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo, el Régimen de Trabajo Agrario, la Administración Pública Nacional y las entidades y organismos del Estado nacional que actúan como empleadores.
Además, la actualización tiene incidencia sobre la prestación por desempleo. El beneficio continuará siendo equivalente al 75% de la mejor remuneración mensual neta, normal y habitual recibida durante los seis meses anteriores al fin de la relación laboral.
La normativa también establece que la prestación no podrá ubicarse por debajo del 50% del salario mínimo vigente ni superar el 100%.
En este marco, un informe del Instituto Interdisciplinario de Economía Política de la UBA-CONICET estimó que entre noviembre de 2023 y julio de 2026 el salario mínimo perdió un 40,5% de su poder adquisitivo.
El nuevo esquema permanecerá vigente hasta abril de 2027, salvo que una nueva resolución del Consejo del Salario modifique previamente los valores establecidos.