
Multa diaria a Santilli por incumplir una orden sobre financiamiento universitario

El Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal Nº 11, a cargo de Martín Cormick, impuso este miércoles 14 de octubre multas diarias de $100.000 al jefe de Gabinete, Diego Santilli, por incumplir una orden judicial en la causa por el financiamiento universitario que impulsan el Consejo Interuniversitario Nacional y otras partes contra el Estado nacional.


La resolución hizo efectivo el apercibimiento que el magistrado había dispuesto el 30 de septiembre. Cormick fundamentó la decisión en el “incumplimiento verificado” y ordenó aplicar astreintes, sanciones económicas destinadas a exigir el cumplimiento de una decisión judicial.
El monto quedó establecido para una primera etapa. El juez advirtió que podrá modificar tanto la suma diaria como los funcionarios alcanzados por la medida. Por lo tanto, la resolución contempla la posibilidad de ampliar el alcance de las sanciones si continúa el incumplimiento.
El expediente está vinculado con el reclamo contra el Estado nacional por el cumplimiento del Decreto 759/2025, en el marco del conflicto por la ley de Financiamiento Universitario. La multa recae sobre el titular de la Jefatura de Gabinete por la falta de cumplimiento de la orden dictada en esa causa.
En paralelo, el dirigente del Partido Obrero Gabriel Solano presentó una denuncia penal contra el presidente Javier Milei y el ministro de Economía, Luis Caputo. Les atribuye el incumplimiento de una medida cautelar que ordenó al Gobierno aplicar la ley de Financiamiento de la Educación Universitaria y Recomposición del Salario Docente.
La presentación fue radicada en los tribunales federales de Retiro y busca determinar si los funcionarios incurrieron en desobediencia u otros delitos. Solano pidió que la investigación también alcance a cualquier funcionario que pudiera haber intervenido, por acción u omisión, en el incumplimiento denunciado.
Según el escrito, la orden judicial exigía garantizar la actualización de los salarios de docentes y no docentes de las universidades públicas, además de recomponer los programas de becas estudiantiles, en el marco de la Ley 27.795. El denunciante sostiene que el Poder Ejecutivo persiste en desatender esas obligaciones.
Como posibles figuras penales, Solano invocó los artículos 239, 248 y 249 del Código Penal, relacionados con la desobediencia a la autoridad y el incumplimiento de los deberes de los funcionarios públicos.
El dirigente calificó los hechos como de “suma gravedad institucional” y atribuyó al Gobierno una conducta deliberada. También afirmó en su denuncia que la medida cautelar había sido confirmada por la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal y que la Corte Suprema había desestimado el recurso extraordinario.
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