

Monotributo: Guía paso a paso para realizar la recategorización en diciembre 2024
SOFIA ZANOTTI

La recategorización del Monotributo es un proceso obligatorio que deben realizar todos los monotributistas, quienes deben revisar y ajustar su categoría fiscal cada seis meses. La Agencia Recaudadora y Control Aduanero (ARCA), antes conocida como AFIP, establece los parámetros y los nuevos límites que determinarán la categoría correspondiente para el próximo período.
¿Cómo realizar la recategorización?
Para realizar la recategorización en diciembre de 2024, sigue estos simples pasos:
Accede al Portal Monotributo: Ingresa con tu CUIT y clave fiscal en el portal oficial.
Selecciona la opción “Recategorización”: Dentro del portal, haz clic en el botón “RECATEGORIZARME”. Esta opción solo estará habilitada durante los meses de enero y julio, los períodos establecidos para realizar la actualización de categorías.
Consulta las escalas vigentes: El sistema te mostrará tu categoría actual, junto con los límites establecidos para cada parámetro. Para verificar que la categoría que te corresponde es la correcta, revisa las escalas vigentes haciendo clic en "ESCALAS VIGENTES".
Ingresa los datos de facturación: En el siguiente paso, deberás ingresar el monto facturado en los últimos 12 meses. Es un dato clave para la actualización.
Selecciona la opción de local: El sistema te preguntará si usas un local para llevar a cabo tu actividad. Si la respuesta es "NO", solo haz clic en "CONTINUAR". Si es "SÍ", deberás ingresar los datos del establecimiento.
Confirma tu categoría: Tras verificar los datos, el sistema calculará la categoría correspondiente. Si detecta errores, podrás corregirlos. Una vez confirmados, haz clic en "CONFIRMAR CATEGORÍA".
Las nuevas categorías del Monotributo para 2024
Las categorías de Monotributo para los contribuyentes son las siguientes, con los montos anuales correspondientes:
Categoría A: hasta $6.450.000
Categoría B: hasta $9.450.000
Categoría C: hasta $13.250.000
Categoría D: hasta $16.450.000
Categoría E: hasta $19.350.000
Categoría F: hasta $24.250.000
Categoría G: hasta $29.000.000
Categoría H: hasta $44.000.000
Categoría I: hasta $49.250.000
Categoría J: hasta $56.400.000
Categoría K: hasta $68.000.000
La recategorización debe realizarse antes de que finalicen los plazos establecidos, para evitar sanciones o inconvenientes con la AFIP.






















