Política Felipe Aguilera 01/06/2026

Gobierno reglamentó el Fondo de Asistencia Laboral

La medida forma parte de la reforma laboral y crea un sistema de fondos administrados por entidades autorizadas para garantizar el pago de indemnizaciones por despido. 

El Gobierno nacional reglamentó el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), una herramienta incluida en la Ley de Modernización Laboral aprobada este año. El nuevo esquema establece que los empleadores del sector privado deberán realizar aportes a fondos administrados por entidades autorizadas para cubrir futuras indemnizaciones laborales.

Según la normativa, cada empresa deberá abrir una cuenta individual en fondos comunes de inversión o fideicomisos financieros habilitados por la Comisión Nacional de Valores (CNV). El sistema alcanzará únicamente a trabajadores registrados con al menos doce meses de antigüedad previos a la finalización de la relación laboral.

El procedimiento prevé que los aportes sean canalizados a través de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que derivará mensualmente las contribuciones a las cuentas correspondientes. Además, si un empleador no informa el fondo elegido, la CNV podrá asignar uno de manera automática.

Por otro lado, el decreto establece que los aportes realizados serán deducibles del Impuesto a las Ganancias y permitirán una reducción equivalente en las contribuciones patronales. También fija límites para las inversiones de los fondos y para los costos de administración.

En caso de despido, la entidad administradora deberá transferir la indemnización directamente al trabajador dentro de un plazo máximo de cinco días hábiles, una vez verificada la documentación correspondiente. No obstante, la responsabilidad sobre el cálculo de la indemnización continuará siendo del empleador.

La reglamentación también contempla sanciones para quienes incumplan con los aportes obligatorios y establece beneficios impositivos para las cuentas vinculadas al FAL. El nuevo régimen comenzará a regir desde el 1 de noviembre.

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