Economía Por: SOFIA ZANOTTI26/05/2026

Subsidio para garrafas: requisitos y cómo anotarse

El Gobierno oficializó el esquema de asistencia para hogares ubicados en zonas frías sin acceso a la red de gas natural. El beneficio contempla reintegros mensuales para la compra de garrafas.
 

La Secretaría de Energía confirmó el mecanismo para solicitar el subsidio destinado a familias que viven en zonas frías y utilizan gas envasado por no contar con conexión a la red de gas natural.

La asistencia prevé un monto de $9.593 por cada unidad de garrafa. Durante el invierno, el beneficio contempla el equivalente a dos garrafas mensuales, mientras que en verano el cupo baja a una unidad por mes.

La medida llega en un contexto marcado por el debate sobre posibles cambios en la Ley de Zonas Frías impulsados por el Gobierno nacional. Actualmente, una garrafa de 10 kilos tiene un valor aproximado que oscila entre los $30.000 y $35.000.

El nuevo sistema reemplaza al anterior Programa Hogar y funcionará mediante reintegros automáticos del dinero a través de billeteras virtuales o entidades bancarias adheridas.

Cómo realizar el trámite

Las personas que ya estén registradas en el ex Registro de Acceso a los Subsidios Energéticos (RASE) no deberán volver a inscribirse.

En cambio, quienes cobraban el beneficio del antiguo Programa Hogar y continúen utilizando gas envasado deberán registrarse nuevamente para mantener la asistencia.

El trámite debe realizarse ingresando a Mi ANSES con CUIL y Clave de Seguridad Social. Luego será necesario verificar los datos personales y completar la solicitud dentro de la sección "Programas y beneficios", seleccionando la opción "Solicitar Tarifa Social" y la categoría "Zona Fría".

Según indicaron desde el Gobierno, no existe una fecha límite establecida para realizar la inscripción.

Requisitos y quiénes pueden acceder

Para recibir el subsidio, los ingresos del grupo familiar no podrán superar el equivalente a tres Canastas Básicas Totales (CBT) para un hogar tipo dos, según los valores definidos por el INDEC.

Además, se contemplan excepciones para familias con integrantes que posean Certificado Único de Discapacidad (CUD), Pensión Vitalicia para Veteranos de Guerra o Certificado de Vivienda del Registro Nacional de Barrios Populares (ReNaBaP).

Quiénes quedan excluidos

No podrán acceder al beneficio los hogares donde algún integrante sea propietario de tres o más inmuebles, embarcaciones deportivas, aeronaves o participación en sociedades.

Tampoco podrán acceder quienes posean vehículos con una antigüedad menor o igual a tres años, salvo casos vinculados a personas con discapacidad y CUD vigente.

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