Reducen la condena del Hermano Pedro a 7 años

La Cámara de Apelaciones confirmó la responsabilidad penal de Pedro Ortiz y Hontoria por cuatro hechos de abuso sexual, aunque redujo la pena de 15 a 7 años de prisión efectiva.
 

La Cámara de Apelaciones resolvió reducir de 15 a 7 años de prisión efectiva la condena contra Pedro Ortiz y Hontoria, conocido como el “Hermano Pedro”, exdirector del nivel primario del Colegio Sagrado Corazón de Venado Tuerto, condenado por abusos sexuales contra alumnas de la institución.

La decisión judicial confirmó la responsabilidad penal del religioso por cuatro hechos de abuso sexual cometidos contra niñas que cursaban sexto y séptimo grado entre los años 2018 y 2019. Sin embargo, el tribunal hizo lugar parcialmente a un planteo de la defensa y modificó la calificación legal de uno de los hechos investigados.

La Cámara, integrada por los jueces Daniel José Curik, Tomás Gabriel Orso y Gabriela Sansó, dejó sin efecto la figura de “abuso sexual gravemente ultrajante” aplicada en primera instancia y la reemplazó por la de abuso sexual simple agravado. A partir de esa modificación se revisó el monto de la pena.

La resolución no implicó una absolución ni anuló el fallo anterior. De hecho, los camaristas ratificaron la condena por cuatro episodios de abuso sexual agravado, vinculados al rol de autoridad que Ortiz y Hontoria ejercía dentro del establecimiento educativo.

En la sentencia original, dictada por el tribunal conformado por Aldo Baravalle, Mariana Vidal y Mauricio Clavero, el exdirector había sido condenado a 15 años de prisión por tres hechos de abuso sexual simple agravado y un cuarto hecho considerado abuso sexual gravemente ultrajante agravado.

Durante el proceso, la defensa había solicitado la absolución o una reducción de la pena, mientras que la Fiscalía y la querella habían pedido sostener la condena inicial.

Los jueces de primera instancia también habían señalado que los hechos ocurrieron en un contexto marcado por una relación desigual de poder y vulnerabilidad de las víctimas. Además, habían remarcado la ausencia de Educación Sexual Integral (ESI) dentro del establecimiento como un factor que pudo haber dificultado que las alumnas identificaran lo sucedido.

Con este nuevo fallo, Ortiz y Hontoria quedó condenado definitivamente por cuatro hechos de abuso sexual simple agravado, todos en concurso real.

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