Reglamentaron la Ley de Emergencia en Discapacidad

El Gobierno nacional oficializó la reglamentación y creó un nuevo régimen de pensiones no contributivas para personas con discapacidad.
 

El Gobierno nacional aprobó la reglamentación de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad y estableció los procedimientos operativos para un nuevo régimen de pensiones no contributivas destinado a personas con discapacidad, según se publicó este miércoles en el Boletín Oficial.

La medida fue dispuesta a través del Decreto 84/2026, firmado por el presidente Javier Milei, y responde a una sentencia del Juzgado Federal de Primera Instancia de Campana. Ese fallo ordenó la aplicación inmediata de la Ley 27.793, luego de declarar inválido un decreto previo que había suspendido su ejecución por falta de financiamiento.

La reglamentación define con precisión los criterios de acceso al nuevo régimen de pensiones, las condiciones de permanencia, las incompatibilidades con otros beneficios y los mecanismos de control. Además, establece que el sistema deberá articularse con las reglas de compatibilidad de ingresos y con políticas de inclusión laboral para personas con discapacidad.

El decreto incorpora a la Secretaría Nacional de Discapacidad dentro del organigrama del Ministerio de Salud, centralizando en esa cartera la política pública vinculada al sector. Según los considerandos, esta decisión apunta a una mirada integral del derecho a la salud y la protección social.

En este marco, se instruyó a la Secretaría Nacional de Discapacidad a convocar al Consejo Federal de Discapacidad para acordar criterios de evaluación socioeconómica y presentar un plan de auditorías periódicas dentro de los próximos 30 días. También quedó facultada para dictar normas complementarias que permitan la implementación efectiva del régimen.

El decreto dispone, además, la conversión automática de las pensiones no contributivas otorgadas con anterioridad en la nueva Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social. Esto implicará tareas de identificación, relevamiento y verificación de las prestaciones vigentes.

Las medidas adicionales que se acuerden con el Consejo Federal de Discapacidad se implementarán mediante esquemas de cooperación y cofinanciamiento entre el Estado nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con sus competencias y disponibilidad presupuestaria. La reglamentación entró en vigencia el 3 de febrero de 2026.

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