Economía Por: LORENA ACOSTA12/08/2024

Eliminan la obligación de registrar en AFIP los contratos de alquiler

Solamente habrá que hacerlo si los propietarios quieren adherirse a beneficios fiscales-

imagen ilustrativa

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) eliminó la obligación de registrar los contratos de alquiler de inmuebles urbanos y rurales, aunque sí deberán hacerlo aquellos contribuyentes que deseen obtener los beneficios fiscales que otorga la ley.

La norma rige a partir de la Resolución General 5545/2024 que se publicó hoy en el Boletín Oficial y deriva del Decreto 70/2023 que derogó la ley de Alquileres 27.551.

La resolución marca que desde hoy los propietarios ya no tendrán que inscribir los contratos en el  “Régimen de registración de contratos de locación de inmuebles (RELI)” para su validez.

Al mismo tiempo, la nueva resolución de AFIP establece que los contribuyentes que quieran gozar de los beneficios fiscales en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y en los impuestos sobre los Créditos y Débitos en cuentas bancarias y otras operatorias, sobre los Bienes Personales y a las Ganancias -contemplados en la ley 27.737- deberán declarar sus contratos de alquiler en el RELI antes el 30 de septiembre de 2024 o 15 días corridos posteriores a su celebración.

Los interesados deberán hacerlo a través de la web del organismo.

Quienes ya tengan registrados sus contratos no deberán volver a hacerlo, excepto que haya modificaciones o actualizaciones.

En línea con dicha medida los contribuyentes, por medio de la Resolución General Nro. 5547/2024 también publicada hoy, con relación al impuesto a las ganancias, se dispuso la eliminación de la obligación por parte del empleado en relación de dependencia de adjuntar -en el servicio SiRADIG- una copia del contrato de alquiler del inmueble con destino a casa habitación.

Este requisito resultaba necesario para tener acceso a las deducciones del 40% y del 10%, respectivamente, de las sumas pagadas por este alquiler.

Vale recordar que  la AFIP ya derogó el Certificado de Transferencia de Automotores (CETA), el documento que debía emitirse al vender un automotor o motovehículo usado y radicado en el país. Además, en lo que va de la actual gestión, el organismo derogó las resoluciones generales que obligaban a productores agropecuarios a presentar cinco declaraciones juradas al año con su cosecha, y, en el mismo sentido, derogó el Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA) y la evaluación de la Capacidad Económica Financiera (CEF) para autorizar importaciones, con el objetivo de facilitar el comercio exterior.

Te puede interesar

El Gobierno oficializó la baja de retenciones al agro

El decreto fue publicado en el Boletín Oficial y establece reducciones en las alícuotas para granos y subproductos.

Ferreres alertó una fuerte suba inflacionaria en diciembre

El economista indicó que la primera semana del mes marcó un aumento del 1,7% y estimó que 2025 podría cerrar con una inflación cercana al 30%.

Demora oficial frena la baja de retenciones anunciada

La reducción de alícuotas aún no fue publicada en el Boletín Oficial y las empresas demoran la liquidación de exportaciones a la espera del cambio impositivo.

Monotributistas afrontarán subas y cuotas que superan los $100.000

ARCA habilitó la consulta de los nuevos importes del monotributo para diciembre de 2025. Varias categorías ya superan los $100.000 y en febrero volverán a actualizarse.

Caputo defendió la gestión y marcó diferencias con los gobernadores

El ministro de Economía sostuvo que los gobernadores “saben que siempre que puede, les da una mano”. También admitió que fue un error no involucrarse antes en la discusión política.

Baja de retenciones: más dólares del campo y menos recaudación

El Gobierno redujo las retenciones a la soja, el trigo y el maíz con la intención de acelerar la liquidación de exportaciones en los próximos meses. Analistas estiman un ingreso extra de divisas en verano y un costo fiscal de hasta USD 700 millones.