País Por: Oscar A Canavese 30 de agosto de 2021

El fiscal rechazó que el DNU que impuso la cuarentena sea inconstitucional

El fiscal le presentó al juez federal Sebastián Casanello el dictamen en el que opinó que debía ser rechazado el planteo con el que el abogado Mauricio D´Alessandro solicitó el sobreseimiento de Stefanía Domínguez, amiga de Yañez.

El fiscal federal Ramiro González rechazó hoy un planteo de inconstitucionalidad contra decreto presidencial que dispuso el aislamiento obligatorio como medida para prevenir la propagación del coronavirus, y se opuso así a la estrategia de una de las imputadas que fue al cumpleaños de la primera dama Fabiola Yañez en la Quinta de Olivos en julio de 2020.

El fiscal le presentó al juez federal Sebastián Casanello el dictamen en el que opinó que debía ser rechazado el planteo con el que el abogado Mauricio D´Alessandro solicitó el sobreseimiento de Stefanía Domínguez, amiga de Yañez., según surge del documento al que accedió Télam.

"Los decretos cuestionados cumplen con todos los recaudos previstos en el art. 99, inciso 3, de la Constitución Nacional. En particular, se verifica una situación de necesidad y urgencia", sostuvo el fiscal luego de señalar que "el Poder Ejecutivo Nacional se encontraba facultado para dictar estos decretos frente a la necesidad de salvaguardar la salud pública".

La defensa de Domínguez sostenía que no podía ser imputada de violar las medidas sanitarias porque los decretos que dispusieron el aislamiento no eran elemento suficiente para limitar el derecho de reunión de las personas.

En esta causa se investiga si se cometió algún delito en el marco de la celebración del cumpleaños de la primera dama llevada a cabo el 14 de julio de 2020, en la Residencia Presidencial de Olivos, con la participación del presidente Alberto Fernandez, quien días atrás se presentó en el expediente y solicitó ser sobreseído.

En la misma presentación, Fernández propuso donar el equivalente a la mitad de su salario al Instituto Nacional de Enfermedades Infecciosas ANLIS "Carlos G. Malbrán", durante cuatro meses en forma consecutiva como forma de reparar el daño eventual que pudiera haberse ocasionado.

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