Imputaron a una mujer por maltrato animal en Venado Tuerto
Una mujer fue imputada por presuntos actos de crueldad animal en Venado Tuerto, en una causa vinculada con el hallazgo de un gato negro que presentaba graves lesiones y murió aproximadamente 24 horas después de recibir atención veterinaria.
La audiencia imputativa se realizó el martes 27 de octubre de 2026. El fiscal Iván Gastón Raposo atribuyó a la mujer haber omitido los cuidados necesarios para el animal, pese a que, según la hipótesis de la investigación, conocía su delicado estado de salud.
El hallazgo y la atención veterinaria
El episodio se remonta al 4 de octubre, cuando el gato fue encontrado en la vereda de una vivienda ubicada en inmediaciones de calle Runciman. El animal tenía importantes heridas, dificultades para desplazarse y estaba cubierto de moscas.
Dos personas que advirtieron la situación lo trasladaron a una veterinaria de turno. Allí, la profesional que lo atendió constató un cuadro de deshidratación, heridas infectadas, lesiones en la columna vertebral y parálisis de los miembros posteriores.
Pese a la asistencia recibida, el felino murió aproximadamente un día después.
Qué investiga la Fiscalía
La causa fue coordinada por el fiscal Raposo, mientras que Facundo Peña, responsable de la Unidad de Salidas Alternativas del Ministerio Público de la Acusación, llevó adelante diligencias para identificar a la persona vinculada con el domicilio donde permanecía el animal.
Las actuaciones incluyeron la recopilación de información y tareas conjuntas con personal de la Comisaría 12.ª de Venado Tuerto.
Según la investigación, el gato permanecía habitualmente en esa vivienda, donde recibía alimento. La Fiscalía sostiene que la mujer no le habría procurado asistencia veterinaria a pesar de conocer el cuadro que presentaba y que permitió que permaneciera en el exterior del inmueble sin los cuidados necesarios.
El alcance de la imputación
Durante la audiencia del 27 de octubre, Raposo atribuyó formalmente a la mujer el delito de actos de crueldad animal, en la modalidad de causar sufrimientos innecesarios mediante la omisión consciente de los cuidados debidos.
La calificación se encuadra en los artículos 1 y 3, inciso 7, de la Ley Nacional 14.346, que establece sanciones para determinadas conductas de maltrato y crueldad contra los animales.
Un aspecto central de la causa es que la imputación no incluye la autoría de las lesiones traumáticas iniciales ni atribuye a la mujer el fallecimiento del gato. El planteo fiscal se concentra en la presunta omisión de asistencia frente al estado de sufrimiento del animal.
La mujer quedó sujeta al proceso penal bajo reglas de conducta, mientras la investigación continúa. La imputación constituye una atribución provisoria y no equivale a una condena.
El avance de las actuaciones deberá determinar cómo evolucionan las pruebas reunidas y si existen elementos para sostener la acusación en las siguientes etapas del proceso judicial.