Villa Cañás: nuevos requisitos y horarios para la venta ambulante
La Municipalidad de Villa Cañás comunicó modificaciones en la administración de los permisos correspondientes a la venta ambulante. A partir de lo establecido en las ordenanzas N.º 1380/26 y N.º 1383/26, el trámite y el cobro de la SISA quedaron bajo responsabilidad del gobierno local.
La disposición alcanza a quienes desarrollan actividades de venta ambulante dentro del ejido urbano y establece tanto las condiciones administrativas para obtener la autorización como los horarios en los que se permite trabajar.
Dónde y cuándo tramitar el permiso
Según informó el Municipio, los vendedores ambulantes deberán gestionar la autorización correspondiente y efectuar el pago de la SISA en Mesa de Entrada de la Municipalidad de Villa Cañás.
La atención para realizar estos trámites será de lunes a viernes, entre las 7 y las 13 horas.
De esta manera, quienes deseen ejercer la actividad deberán cumplir con el procedimiento administrativo municipal antes de desarrollar sus tareas comerciales.
El comunicado no especifica los importes que deberán abonarse ni detalla si existen diferentes categorías según el tipo de mercadería comercializada. Tampoco informa los requisitos documentales necesarios para completar la gestión.
Qué días y horarios está permitida la venta ambulante
Uno de los puntos centrales de la normativa es la delimitación de los horarios habilitados para realizar esta actividad.
De acuerdo con la información difundida por la Municipalidad, la venta ambulante podrá desarrollarse exclusivamente de lunes a viernes, entre las 8 y las 19 horas.
Esto significa que, conforme al régimen informado, la actividad no está habilitada durante los sábados, domingos ni fuera de la franja horaria establecida para los días hábiles.
Desde el gobierno local recordaron a los vendedores la necesidad de contar con la autorización correspondiente y respetar las condiciones fijadas por las disposiciones vigentes.
El objetivo de la regulación municipal
La Municipalidad explicó que estas disposiciones buscan ordenar y regular la actividad comercial ambulante dentro de la ciudad.
En este marco, la centralización del trámite y del cobro de la SISA en las oficinas municipales establece un punto de referencia para quienes necesitan obtener el permiso.
Además, la definición de una franja horaria determina las condiciones temporales bajo las cuales podrá desarrollarse la actividad.
Por otro lado, el comunicado oficial no incluye precisiones sobre posibles sanciones ante incumplimientos, excepciones al régimen general o mecanismos de fiscalización.
Tampoco se difundieron declaraciones de vendedores ambulantes respecto de los cambios anunciados.
Qué deben tener en cuenta los vendedores
Quienes actualmente realizan venta ambulante o tienen previsto comenzar con esta actividad deberán consultar en la Municipalidad las condiciones para obtener el permiso y cumplir con los horarios establecidos.
Para realizar la gestión, la atención en Mesa de Entrada se encuentra disponible de lunes a viernes, de 7 a 13 horas.
La normativa informada fija, por su parte, el horario de venta de 8 a 19, también de lunes a viernes.
La información sobre costos, documentación exigida y eventuales excepciones deberá confirmarse directamente con las autoridades municipales, ya que esos detalles no fueron incluidos en el comunicado.