Extranjeros no residentes deberán pagar la atención en hospitales nacionales
El Gobierno nacional estableció que los extranjeros no residentes deberán pagar por la atención médica no urgente que reciban en hospitales dependientes de Nación.
La medida quedó formalizada mediante la Resolución 1066/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial, que determina los procedimientos para la atención y el cobro de las prestaciones.
La normativa deriva del Decreto de Necesidad y Urgencia 366/2025, que introdujo modificaciones en la Ley de Migraciones.
Según establece la resolución, los extranjeros no residentes podrán acceder a tratamientos médicos o prestaciones sanitarias habituales en hospitales nacionales mediante la presentación de un seguro de salud o el pago previo del servicio.
Para instrumentar la medida, el Gobierno definió dos mecanismos: uno destinado al recupero de los costos a través de seguros de salud y otro para el cobro directo a extranjeros particulares que no cuenten con cobertura.
Las emergencias seguirán siendo atendidas
La normativa mantiene una excepción para las situaciones de urgencia. El texto establece que “en casos de emergencia, no podrá negársele ni restringírsele el acceso a la asistencia social o a la atención sanitaria a todos los extranjeros que lo requieran, cualquiera sea su situación migratoria”.
De esta manera, una persona extranjera que necesite atención médica urgente deberá ser asistida independientemente de su condición migratoria o de su posibilidad de pago.
Además, los extranjeros con residencia permanente continuarán teniendo acceso al sistema público de salud en igualdad de condiciones que los ciudadanos argentinos.
La medida alcanza a hospitales nacionales
La disposición se aplica exclusivamente a establecimientos sanitarios administrados por el Gobierno nacional y no modifica de manera directa el funcionamiento de hospitales provinciales o municipales.
Según la información difundida junto con la medida, actualmente existen cinco hospitales nacionales en todo el país.