Cambio en jubilaciones: las claves de lo que aprobó el Senado y el posible veto de Milei
El texto aprobado por dos tercios, contempla una actualización mensual en base al último dato disponible de inflación que de a conocer el Indec. Pero además incorpora una compensación extra o empalme del 8,1%.
La Cámara de Senadores aprobó este jueves el proyecto para implementar cambios en el cálculo de jubilaciones. La iniciativa impulsada por la oposición, y que ya había recibido media sanción de Diputados, probablemente termine siendo vetada por el presidente Javier Milei.
El texto aprobado por dos tercios, contempla una actualización mensual en base al último dato disponible de inflación que de a conocer el Indec. Pero además incorpora una compensación extra o empalme del 8,1%.
Este último punto tiene su correlato con la disparada inflacionaria de los primeros meses de este año. En ese momento, el gobierno decidió otorgar un aumento del 12,5% cuando la inflación de enero había sido del 20,6%.
La discusión en torno al aumento del 8,1% también tenía que ver con el momento en el cual sería aplicado. Si bien el oficialismo negociaba aplicarlo desde julio, ganó la moción opositora, que pidió hacerlo de manera retroactiva.
Otra cuestión incluida en la letra chica del proyecto aprobado agrega de forma anual un adicional del 50% de la variación entre el RIPTE —promedio de los salarios— y el IPC para habilitar la posibilidad de mejorar las jubilaciones en contextos de crecimiento económico.
A su vez, dispone que la ANSES "garantizará, para el caso de las personas que perciban un solo
beneficio, el pago de una prestación con un suplemento dinerario de carácter alimentario, de
forma tal que los ingresos totales no sean menores al último valor de la canasta básica total
por adulto multiplicado por 1,09".
También instruye a la institución a que cancele la totalidad de las deudas que mantiene con las provincias cuyos sistemas previsionales "no fueron transferidos al Estado nacional, como así también con los beneficiarios que cuenten con sentencia firme, dentro de los 6 meses de la promulgación de esta ley".
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