País Por: Oscar A Canavese 22 de julio de 2021

Ya están las fechas de inscripción al programa REPRO II

El trámite se realizará entre el 23 y 29 de julio. En tanto, el Ministerio de Trabajo definió que no volverá a prorrogar las disposiciones transitorias que se habían tomado en abril, mayo y junio.

La inscripción al Programa de Recuperación Productiva (Repro) II para el pago de los salarios de julio, según el Gobierno, se realizará entre el 23 y 29 de julio. El Ministerio de Trabajo definió que no volverá a prorrogar las disposiciones transitorias que se habían tomado en abril, mayo y junio.El REPRO II consiste en el pago de una suma mensual por cada relación laboral existente, incluyendo a los trabajadores con contratos de temporada. El monto del beneficio se acreditará directamente en el CBU de los trabajadores de las empresas beneficiarias y dependerá de la actividad por la cual se solicite la asistencia:

Sectores no críticos: $ 9.000

Sectores críticos: $ 22.000

 Sector salud: $ 22.000

Además, otorga una reducción del 100% de las contribuciones patronales con destino al SIPA, en el caso de los empleadores que realicen actividades afectadas en forma crítica.

Repro II: qué empresas pueden inscribirse
Las empresas del sector privado que realicen actividades afectadas en forma crítica o no crítica y las pertenecientes al sector de salud, podrán iniciar la solicitud para obtener el beneficio por los salarios del mes de julio de 2021.

Los empleadores además deberán cumplir con otros requisitos:
No recibir subsidios del sector público.

La variación de la facturación, entre el mes de referencia de 2021 y el mismo período de 2019, debe presentar una reducción superior al 20%, en términos reales, para los sectores afectados no críticos y críticos.

Mientras que el artículo dos de la normativa indicó otros criterios de preselección, respecto a las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio:

Meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la Afip: junio de 2019 y junio de 2021.

Altas empresas: No se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1 de enero de 2019.

Mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia: mayo 2021.

Corte de actualización de bajas de nómina: 22 de julio

Corte de actualización CBU: 22 de julio inclusive

El Gobierno creó el Programa de Recuperación Productiva 2 como herramienta para sostener el empleo en sectores con dificultades económicas. Es un trámite gratuito que no requiere de intermediarios ni gestores, informó Ámbito.

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