País Por: Oscar A Canavese 28 de junio de 2021

Rige la restricción de vuelos y el límite de ingreso diario de 600 pasajeros

En tanto, el Gobierno autorizó "por única vez" el retorno de un vuelo con argentinos que se encontraban varados en Panamá "por estrictas razones humanitarias".

El Ministerio de Transporte de la Nación emitió en las últimas horas un comunicado oficial en el cual indicó:

"Ante la situación de público conocimiento provocada por la empresa Compañía Panameña de Aviación –COPA- que derivó en que pasajeros quedaran varados en el Aeropuerto Internacional de Tocumen, es importante señalar lo siguiente:

1) El Gobierno argentino procedió a autorizar por única vez, con carácter de excepción, y por estrictas razones humanitarias, un vuelo al solo fin de permitir el retorno al país de todos los pasajeros/as afectados/as por dicha situación.

2) Todas las compañías aéreas que operan en la República Argentina están obligadas al cumplimiento de las normas vigentes en el territorio nacional, sin excepción.

3) Se ha detectado que la citada empresa se encuentra vulnerando de manera sistemática las regulaciones argentinas vendiendo pasajes en vuelos no autorizados por nuestro país.

4) COPA ya había sido informada que el vuelo con arribo para el día lunes no se encontraba autorizado por la Administración Nacional de Aviación Civil.

5) Por tal motivo, se iniciarán los procedimientos de sanción pertinentes a una infracción considerada grave por cuanto no solo importa el no cumplimiento de la normativa argentina sino también perjuicios a los usuarios y desobediencia a la autoridad regulatoria y fiscalizadora de la actividad en nuestro país, violando de ese modo los consensos internacionales sobre los que se basa la actividad".

Límite de ingreso de 600 pasajeros por día

La nueva disposición acerca del ingreso de 600 pasajeros diarios al país rige desde el pasado sábado cuando el Gobierno endureció las restricciones por temor a la variante Delta del coronavirus.

Así lo dispuso a través de la Decisión Administrativa 643/2021, publicada en el Boletín Oficial, que lleva la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y los ministros del Interior, Eduardo de Pedro y de Salud, Carla Vizzotti.

La normativa establece que "continúan suspendidos los vuelos provenientes del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte; Chile; Brasil; India; Paises africanos y Turquía".

La disposición indica que la Administración Nacional de Aviación Civil, "dispondrá un cupo de 600 plazas diarias en vuelos de pasajeros para el reingreso al territorio nacional de los argentinos, las argentinas y residentes que se encuentren en el exterior".
Todas las medidas fueron dispuestas para bajar el riesgo de contagios de coronavirus e impedir el ingreso de variantes que no registran circulación comunitaria en el país, como la variante Delta, cuya respuesta ante "la efectividad de las vacunas se desconoce", según indican los considerandos de la disposición.

"En el actual contexto epidemiológico, el riesgo de introducción de nuevas variantes, aún más transmisibles, podría generar un aumento brusco y elevado de casos, lo que llevaría indefectiblemente a una mayor mortalidad", agrega.

Condiciones para el ingreso

La norma además dispone que "quienes regresen del exterior entre el 1° de julio y el 31 de agosto, están obligados a aislarse en los lugares que determinen los gobiernos provinciales y de la CABA, durante 10 días, contados desde el testeo realizado en el país de origen".

La estadía en los lugares de aislamiento estará a cargo del pasajero y se controlará que quienes regresaron de viaje estén en sus domicilios.

Se radicarán denuncias penales en caso de verificarse el incumplimiento del aislamiento, de acuerdo con los arts. 205 y 239 del Código Penal, por violación a medidas contra epidemias y desobediencia a autoridad pública, sancionadas con prisión de seis meses a dos años y con prisión de 15 días a un año, respectivamente, dijeron las fuentes.

En ese sentido, se recordó que "los viajeros/as deberán hacerse un testeo para poder abordar el avión con destino a la Argentina. Además, deberán hacerse un testeo al llegar al país y otro al séptimo día de ingreso".

"Quienes resulten negativos, al ingreso al país, deberán cumplir con el aislamiento en los lugares que dispongan los gobierno provinciales y de la CABA y deberán realizar un nuevo test para finalizarlo", indicaron fuentes gubernamentales.

En cuanto a las personas que resulten positivos, al ingreso al país deberán realizar "otro testeo de secuenciación genómica y, junto con sus contactos estrechos, cumplir aislamiento en los lugares que indiquen las autoridades nacionales, hasta su traslado seguro hasta la residencia si correspondiera".

Asimismo, se informó que todos los testeos y "la estadía en los lugares de aislamiento estarán a cargo del pasajero, y el viajero deberá declarar los lugares en donde estuvo los últimos 14 días previos al reingreso al país".

En cuanto a los ingresos autorizados como excepción por migraciones, a través de pasos terrestres, cada jurisdicción provincial "deberá disponer corredores seguros".

2Los extranjeros no residentes que ingresen a desarrollar trabajos esenciales, con autorización de Migraciones, deberán cumplir con la cuarentena", recalcaron las fuentes oficiales, que indicaron además que "las provincias deberán controlar el cumplimiento del aislamiento de las personas ingresadas desde el exterior".

Transportistas y tripulaciones

En relación a los nuevos requisitos para transportistas y tripulaciones, se consignó que en materia de traslados terrestres "los extranjeros y nacionales deberán contar con testeo de Covid negativo que tendrá una vigencia de siete días de realizado".

En los buques, los ciudadanos de otros países "deberán permanecer embarcados y no contarán con relevo en el país", mientras ls nacionales tendrán que "realizarse un testeo de antígenos dentro de las 72 horas de ingreso".

Sobre los vuelos, se aclaró que "los extranjeros deberán movilizarse bajo modalidad burbuja en el país y cumplir los protocolos sanitarios, y los argentinos realizar testeos de antígenos como mínimo cada 15 días o menos".

Si bien el ingreso de extranjeros al territorio nacional está prohibido, solo se permite en casos de que la Dirección Nacional de Migraciones lo autorice por reunificación familiar, trabajo, salud y razones humanitarias.

"Se recomienda a todos los argentinos/as y residentes no viajar al exterior, especialmente a aquellos que integran los grupos de riesgo, a fin de evitar las dificultades y condiciones sanitarias exigidas al reingreso, considerando la rápida evolución de las condiciones epidemiológicas", se insistió desde el Gobierno nacional.

Y se subrayó que "continúan suspendidos los viajes internacionales grupales, de egresados y egresadas, jubilados y jubiladas, de estudio, para competencias deportivas no oficiales; de grupos turísticos y de actividades recreativas y sociales, en forma genérica".

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