País Por: Oscar A Canavese 14 de abril de 2021

Potenciar Trabajo tendrá un nuevo aumento

Potenciar Trabajo tendrá un nuevo aumento y si se tiene en cuenta la pauta de inflación oficial, la suba deberá ser mayor al techo del 30%.

Potenciar Trabajo tendrá un nuevo aumento, que si se tiene en cuenta la pauta de inflación oficial, la suba deberá ser mayo al techo del 30%.
 
Para inscribirse en el plan Potenciar Trabajo es necesario hacerlo desde el Registro Nacional de Trabajadores y Trabajadoras de la Economía Popular (Renatep). Para ello la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) pide la Certificación Negativa que en la que se deja constancia si la persona cobra algún plan social, si tiene aportes como trabajador en relación de dependencia, monotributista o empleada doméstica, entre otros más.

En la Resolución 408, que dio inicio a la implementación del Potenciar Trabajo, se expuso: "Registrar a los trabajadores y trabajadoras de la economía popular en su totalidad, atendiendo a criterios amplios que respeten sus formas organizativas, dimensiones y complejidades y desarrollar políticas que asuman la vulnerabilidad socio-productiva de los trabajadores y trabajadoras de la economía popular".

En el plan Potenciar Trabajo están aptas para inscribirse las siguientes personas:

-Mayores de 18 años y menores de 64.

-Quienes cobren Asignación Universal por Hijo (AUH) y/o Tarjeta Alimentar

-Monotributistas sociales o de categoría A

-Trabajadores en relación de dependencia bajo el régimen de Personal de Casas Particulares (empleada doméstica)

-Propietarios de 1 solo inmueble (casa, departamento o terreno)

-Quiénes no pueden ingresar al Potenciar Trabajo

-Quienes estén trabajando en blanco

-Quienes sean prófugos de la Justicia (registro del Conarc)

-Quienes sean propietarios de más de un inmueble

-Quienes sean propietarios de un negocio registrado

-Quienes tengan otro programa provincial, municipal o nacional: por ejemplo, Progresar

Propietarios de un automóvil de menos de 10 años de antigüedad

-Quienes perciben jubilación, pensiones a la vejez o invalidez, pensión universal del adulto mayor, pensión por incapacidad o subsidio de desempleo.

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