País Por: Oscar A Canavese 13 de febrero de 2020

Sain no renunció a su cargo en la Justicia y su doble función choca con la ley

El ministro de Seguridad de la provincia de Santa Fe cuenta con un pedido de licencia sin goce de haberes como director del Organismo de Investigaciones del Ministerio Público de la Acusación

Según informa el diario El Litoral en su edición de hoy, el ministro de Seguridad de la provincia de Santa Fe, Marcelo Sain, cuenta con un pedido de licencia sin goce de haberes como director del Organismo de Investigaciones del Ministerio Público de la Acusación. La situación ha generado polémica en ámbitos políticos y judiciales.

La licencia del funcionario de la Casa Gris contó con la aceptación de su superior, mientras que la Corte Suprema de Justicia cumplió el requisito formal de tomar vista de la resolución. Sain juró el 19 de diciembre de 2018 como titular de la llamada Policía Judicial al cabo de una polémica en la cabeza de ese poder que -por mayoría- se resolvió en favor de la aceptación. El funcionario, que ya se venía desempeñando como asesor del ministro de Seguridad Maximiliano Pullaro, había ganado un concurso público para ese cargo, que llevó adelante el Ministerio de la Acusación. Y lo ganó, tras haber sido el único participante.

La Corte entendió -con el voto negativo de dos ministros, Rafael Gutiérrez y Eduardo Spulerque- que el hecho de no contar con dos años de residencia en la provincia no era un obstáculo para que asumiera en el Organismo de Investigaciones.

 

Actualmente, el nombre y la responsabilidad de Sain como director de esa unidad -creada para colaborar con los fiscales hace poco más de un año- sigue hoy en la página web del MPA, en un documento sobre su nómina de autoridades.

Tras observar la web, El Litoral pudo confirmarlo con cuatro fuentes informativas que el ministro del Poder Ejecutivo Sain no renunció a su cargo en el Poder Judicial.

El director del Organismo de Investigaciones se designa por seis años, con la posibilidad de una sola reelección y siempre bajo la gura del concurso público. El vicedirector Víctor Moloeznik está hoy a cargo del Organismo.

El artículo 45 de la Ley del Ministerio Público de la Acusación señala las incompatibilidades “con la función de fiscal general, fiscal regional, fiscal y fiscal adjunto, así como con la función de director de cualquiera de los órganos de apoyo (tal el caso del ministro Sain)”. Y entre ellas menciona, en primer lugar, “intervenir directa o indirectamente en política” y “ejercer otros empleos públicos o privados, salvo la docencia en el nivel secundario o universitario”.

 

En tanto, la Ley 13.459, Orgánica del Organismo de Investigaciones del MPA, dicta en su artículo 17 las incompatibilidades del Director Provincial -el cargo del ministro- que queda “comprendido por los regímenes de incompatibilidades, prohibiciones, sanciones, deberes y derechos” específicamente establecidas en la ley 13.013 (Orgánica del MPA, artículos 45, 46, 47, 48 y 49), además de las establecidas “para los empleados judiciales”.

La propia Constitución Provincial se ocupa de dejar en claro (en su art. 89) que “los miembros del Poder Judicial no pueden actuar de manera alguna en política” y que “los magistrados y funcionarios no pueden ejercer profesión o empleo alguno, salvo la docencia en materia jurídica, las comisiones de carácter honorario, técnico y transitorio que les encomienden la Nación, la Provincia o los municipios, y la defensa en juicio de derechos propios, de su cónyuge o de sus hijos menores”.

No obstante, al aceptar la licencia de Sain -y, por tanto, la retención de su cargo como titular del Organismo de Investigaciones-, el fiscal Jorge Baclini tomó en consideración que el ministro de Seguridad no tiene ejercicio de función jurisdiccional, no está al frente de causas judiciales, no ejerce la persecusión penal y tampoco ostenta la estabilidad propia de un magistrado o funcionario.
este caso.

Aún así, la doble condición del funcionario plantea también una situación a futuro desde el punto de vista ético cuanto menos conflictiva: cuando cese en su función como ministro, Sain volvería -hasta completar su período de seis años- al cargo para el que juró en diciembre de 2018. Y en esa función, le tocaría investigar -conforme también a lo dispuesto por la ley 13.459- un universo de delitos que, entre otros, incluye los “cometidos por funcionarios públicos en el desempeño, con motivo o en ocasión de sus funciones”, y también por “los miembros de las fuerzas de seguridad policiales y/o penitenciarias”, hoy directamente bajo su mando.

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