Condenaron en Melincué a tres personas por lavado de activos y deberán pagar 8,6 millones de pesos como multa

Se trata de la primera condena impuesta por este delito en el marco de un juicio oral y público. El Fiscal Regional Matías Merlo dirigió la investigación y también representó al MPA en el debate que se llevó a cabo en los tribunales de Melincué. Los condenados, un hombre y dos mujeres deberán pagar una multa de 8,6 millones de pesos.

Regionales 01 de septiembre de 2021 Oscar A Canavese Oscar A Canavese
melincue

Dos mujeres y un hombre fueron condenados a tres años de prisión por la autoría del delito de lavado de activos cometido en Melincué y en otras localidades del sur provincial. Así fue resuelto por el juez Aldo Baravalle en el marco de un juicio oral y público, en el cual el MPA fue representado por el Fiscal Regional de la Tercera Circunscripción Judicial, Matías Merlo.


Las condenadas son Ana Inés Llovera de 80 años y Andresa Ramona Baéz de 47 (de nacionalidad paraguaya), mientras que el hombre condenado es Gustavo David López de 51. Además de la pena de prisión –que en los tres casos será de cumplimiento condicional–, se les impuso el pago de multas.
Llovera deberá abonar 2.873.462 pesos; Baéz tendrá que pagar 1.437.912 pesos; y la multa impuesta a López es de 4.311.374 pesos.


En su resolución, el juez Baravalle también dispuso el decomiso de dos camiones y de dos acoplados. Asimismo, rechazó los planteos de incompetencia, nulidad e incongruencia que fueron presentados por el abogado defensor.

CAMIONES Y ACOPLADOS


“Con el objetivo de insertar en el mercado legal dinero proveniente de ilícitos, entre abril de 2013 y mayo de 2014 los condenados compraron distintos bienes (dos camiones y dos acoplados) y construyeron tres viviendas”, explicó el fiscal. En tal sentido, aclaró que “precisamente, ese es el objetivo del lavado de activos: darle apariencia de licitud al dinero surgido de la actividad delictiva”.


Merlo detalló que “en este caso, el dinero había sido obtenido por López del facilitamiento y la explotación económica de la prostitución de mujeres que prestaban y ofertaban sus servicios sexuales en el bar nocturno El Encuentro”. El funcionario del MPA recordó que “el condenado y otro hombre eran los administradores del local comercial”.


“En el debate pudimos demostrar que se configuró el lavado de activos”, remarcó Merlo. “Aportamos pruebas que permitieron establecer con certeza la relación entre las ganancias ilícitas, la explotación sexual de las mujeres y la compra de los bienes para introducirlos en el mercado legal”, añadió.


PRIMERA CONDENA


Merlo se mostró conforme con la decisión de condenar a los acusados. Sin embargo, dijo que “leeremos en profundidad los argumentos del juez para poder sacar conclusiones y analizaremos los pasos a seguir”.
Por último, el fiscal subrayó que “si bien en la provincia hay algún registro de condenas por lavado de activos, habían sido impuestas en procedimientos abreviados, por lo que la del juicio oral y público que finalizó hoy fue la primera por este delito”.

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