Expropiaron propiedades de un ex intendente de Guaymallén por corrupción

Luis Lobos y su pareja no pudieron justificar su crecimiento patrimonial y se les aplicó la extinción de dominio.

País 09 de febrero de 2021 Oscar A Canavese Oscar A Canavese
elsolcomar

La Justicia civil de Mendoza le sacó tres propiedades a al ex intendente de Guaymallén, Luis Lobos, sentenciado por enriquecimiento ilícito, pesa a que la condena se encuentra firme, porque aplicó la extinción de dominio en un caso de corrupción
 
 
 
El ex jefe municipal fue condenado a cuatro años y medio de prisión junto a su pareja, Claudia Verónica Sgro, quien por su parte recibió una pena de tres años y medio.

Si bien la sentencia no se encuentra firme porque fue apelada ante la Suprema Corte, la jueza María Paz Gallardo aplicó la ley de extinción de dominio y le sacó tres lujosas propiedades al matrimonio que pasarán al Estado de Mendoza para que los ponga en remate.

"Hay que esperar los plazos legales, pero queremos hacer el remate lo antes posible. Lo importante de este fallo es que es inédito en la República Argentina", expresó el subsecretario de Justicia de Mendoza, Marcelo D'Agostino. Respecto a la resolución de la Justicia, quien es uno de los impulsores de la ley de extinción de dominio agregó: "Tiende a que una persona que está siendo investigada en un hecho de corrupción tenga que demostrar en un proceso civil el origen de sus bienes".

De acuerdo con lo que indican las pruebas de la causa, Lobos contaba en 2009 ingresos por 2.800 pesos por su actividad independiente, y en 2014 de 52 mil pesos por su rol de intendente de Guaymallén: no obstante, una pericia contable probó que no pudo justificar 3.923.099 pesos y su pareja, 1.018.837 pesos.

"No ha cumplido la demandada con la carga procesal impuesta de acreditar el origen lícito de los inmuebles", sostuvo la jueza en su fallo al fundar la restitución al Estado de Mendoza.

Para la magistrada, sobre la ley de extinción de dominio, "no puede sostenerse en abstracto que el DNU vulnere el derecho de propiedad por cuanto el demandado tiene la posibilidad de acreditar en el juicio, con todas las garantías del debido proceso, que los bienes identificados en la demanda han sido adquiridos en virtud de su trabajo o actividad lícita y de eso justamente depende la suerte de la acción incoada".

Además, estaba en discusión la restitución de tres vehículos que para la jueza civil sí estaban justificados.

"Tengo en consideración que tanto Lobos como Sgro tuvieron ingresos como funcionarios de la Municipalidad durante un lapso importante de tiempo (desde el 2000 al 2015 Sgro y desde el 2003 al 2015 Lobos). Ello les permitió percibir, por sus distintos cargos, ingresos fijos con los que puedo válidamente presumir que pudieron adquirir los rodados denunciados; máxime teniendo en cuenta que se trata de vehículos que si bien son de gama media-alta no resultan suntuosos. Por ello, entiendo que pueden perfectamente haber sido adquiridos por los demandados con sus ingresos formales", agregó sobre los autos.

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