La ANMAT prohibió la comercialización de un nebulizador, pañales y dos productos estéticos

Los productos no contaban con las autorizaciones sanitarias correspondientes. Las disposiciones fueron publicadas este lunes en el Boletín Oficial.

País 04 de mayo de 2020 Oscar A Canavese Oscar A Canavese
nebulizador

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este lunes la comercialización de un nebulizador, unos pañales descartables y una serie de productos médicos.
 
 
Mediante la disposición 2461/2020, la entidad informó sobre el robo de tres cabezales marca Alma, instrumento utilizado para la depilación definitiva, una matriz de Diodo que funciona como fuente de emisión de luz láser de 810/755 nm de longitud de onda.

Con el fin de proteger a eventuales adquirentes y usuarios del producto involucrado, del que se desconoce su estado y condición, la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud sugirió prohibir el uso, la comercialización y distribución de los cabezales rotulados como: "Alma For you For life, Diode 810nm SN Ice122001858", "Alma For you For life, Diode 810nm SN Ice122002307" y "Alma For you For life, Diode 810nm SN Ice121000789".

 
Se dispuso una medida similar para otro aparato de uso médico de la misma firma (SIREX MÉDICA Sociedad Anónima). El organismo notificó, a través de la disposición 2462/2020 el robo de un cabezal trío de la serie PLT3D2001119 - marca SOPRANO ICE PLATINUM para realizar el procedimiento de depilación definitiva.

A su vez, la Anmat señaló en la disposición 2545/2020 que prohibió el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional, hasta tanto obtenga las debidas autorizaciones, de todos los productos rotulados como: "Pañal desechable para incontinencia, Ambos Plus, DESCARTABLE OESTE SACI" y cualquier producto descartable de uso externo que indique ser elaborado/fabricado por la firma DESCARTABLE OESTE SACI con domicilio en la Avenida Julio A. Roca N° 2757 de la localidad Hurlingham.

Según informaron, se trata de unidades de las que se desconocen sus condiciones de elaboración y/o fabricación.

 
Por último en la disposición 2546/2020, la entidad nacional prohibió el uso, comercialización y distribución de todos los lotes de los productos rotulados como: “NEBUSONIC nebulizador ultrasónico”, indicado para afecciones respiratorias. “Tubo orofaringeo Hudson RCI – One disposable” y “Gel ULTRA SON – Gel conductor neutro” (elaborado y envasado por DAFTOR, VICTORIA para procedimientos de diagnóstico y electromedicina).

La medida rige hasta tanto se obtengan las debidas autorizaciones sanitarias y los datos del titular responsable en la Argentina.

“No se puede asegurar que éstos cumplan con los requisitos mínimos sanitarios y con las exigencias que permiten garantizar la calidad, seguridad y eficacia de estos tipos de productos médicos, por lo que revisten riesgo sanitario para los eventuales usuarios”, informó el Anmat.

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