Santa Fe definió el protocolo para los comercios que vuelven a vender desde mañana

El gobierno de Santa Fe difundió esta tarde el protocolo para la venta minorista en comercios que podrá implementarse a partir de mañana a través de plataformas electrónicas, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con los clientes.

Santa Fe 19 de abril de 2020 Oscar A Canavese Oscar A Canavese
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Además de la entrega de la mercadería deberá realizarse mediante la modalidad de entrega a domicilio, con los debidos resguardos sanitarios.

Según especifica el decreto del gobernador Omar Perotti, en consonancia con las medidas que se tomaron a nivel nacional, se autorizará a un propietario y/o dos empleados de comercios y actividades declaradas como no esenciales a concurrir a los locales al solo efecto de armar y organizar los pedidos recibidos on line o por teléfono. Bajo todo punto de vista los locales deberán permanecer cerrados al público.

Se deberá dar cumplimiento a los protocolos de limpieza al cierre de cada día., incluyendo limpieza de pisos y superficies además de las medidas de cuidados e higiene personal ya conocidas (lavado de manos con agua y jabón, distanciamiento social, ventilar los ambientes, distribución de alcohol en gel en los puestos de trabajo y uso de guantes y barbijos, entre otras).

El protocolo especifica un horario especial de 12 a 16 para que el propietario y/o empleados concurran a los comercios a organizar los pedidos y distribuir la mercadería por cualquiera de los medios de transporte autorizados.

Para los comercios de rubros no exceptuados dentro del sector minorista, se autorizará hasta dos personas para la circulación en la vía pública en las tareas de entrega de las mercaderías, y un solo vehículo, el cual podrá ser automóvil o moto.

La entrega podrá realizarla el propietario y/o empleados, o las empresas de correo, correspondencia, transporte, cadetería o delivery autorizadas. También podrán trasladar las mercaderías a través de otros medios de transporte que en cada localidad pueda ser fiscalizado por la autoridad municipal o comunal correspondiente.

Actuación en comercios

El protocolo establece que aquellos comercios que realicen las entregas de mercadería a través de vehículos propios, deben tener en cuenta que la transferencia hacia el receptor deberá efectuarse sin el contacto físico, dejando la paquetería en la puerta luego de comprobar la respuesta del cliente.

“El objeto de este protocolo es el de facilitar a los propietarios de comercios y a los trabajadores del sector, medidas de contención, prevención y control adecuadas para proteger la salud frente a la exposición al Covid-19”, establece el texto, recodando que el virus se se transmite por el contacto cercano entre las personas por las vías respiratorias, pero también por contacto con superficies u objetos contaminado.

 

Por eso, entre otras medidas sanitarias que se vienen recomendando desde la aparición del coronavirus, se establece que en cada puesto de trabajo se tiene que dotar de la suficiente flexibilidad para alternar el lavado de manos o disponer alcohol en gel o soluciones alcohólicas con el fin de mantener una correcta higiene.

Además la Provincia ordena que se controle el acceso del personal al establecimiento, comprobando la ausencia de sintomatología (no tos, no problemas respiratorios, no fiebre), y en lo posible controlar la temperatura previo a la entrada en el local comercial, que debe ser menor a los 38º.

En caso de que se detecte alguna persona con algún tipo de síntoma, contactarse con la autoridad de salud competente, evitar su ingreso al establecimiento y enviar a la persona para que realice el aislamiento social preventivo en su domicilio hasta que las autoridades sanitarias dictaminen una resolución. El comercio seguirá el estado de los casos sospechosos en coordinación con la autoridad sanitaria competente, puesto que son empleados o asistentes bajo su responsabilidad.

Las nuevas permitidas

Cabe recordar que las nuevas actividades que incluyó el gobierno nacional para trabajar con limitaciones son: establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos; oficinas de rentas de las provincias y los municipios con sistemas de turnos y guardias mínimas; actividad registral nacional y provincial con turnos y guardias mínimas.

Se suma la venta de comercios minoristas con el mecanismo ya detallado; atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo; laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo. También pueden trabajar las ópticas con turnos.

Desde mañana pueden intervenir los peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras, pero no se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes. También funcionarán los establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.

En tanto, la producción para la exportación y los procesos industriales específicos, deberán hacerlo con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.

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