Medidas locales respecto del “aislamiento social, preventivo y obligatorio”

Debido al anuncio de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” que decretó el presidente de la Nación hasta el 31 de marzo, la Municipalidad de Villa Cañás comunica los alcances que tendrá en nuestra ciudad esta medida.

20 de marzo de 2020 Oscar A Canavese Oscar A Canavese
villa cañas colores con logo

Atención municipal

-El edificio Municipal permanecerá cerrado, garantizando las siguientes prestaciones: 

-Se mantendrán los servicios públicos básicos de limpieza, recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos.

-Se prestarán los servicios esenciales de Monitoreo y Guardia Urbana (15600102).

-Se mantendrá una guardia respecto del área de Acción Social.

 

Comercios locales

-Se suspende la apertura de locales comerciales, establecimientos y cualquier otro lugar que requiera presencia de personas, salvo: 

-Supermercados  

-Comercios minoristas de alimentos, artículos de limpieza e higiene personal.

-Servicios locales de provisión de agua envasada.

-Farmacias.

-Ferreterías (no incluye la venta de materiales de construcción ni el reparto a domicilio. Estos últimos están prohibidos).

-Veterinarias.

-Comercio de provisión de garrafas.

-Estaciones de Servicio (solo a los fines del expendio de combustible).

-Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos y productos de higiene y limpieza.

-Transporte de mercaderías.

-Servicio de lavandería.

-Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria. Se permitirá únicamente el ingreso y circulación en la localidad de transportistas locales y de los pueblos aledaños.

-Durante la vigencia del “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, las personas deberán permanecer en sus residencias habituales o en la residencia en que se encuentren a las 00:00 horas del día 20 de marzo de 2020, momento de inicio de la medida dispuesta. Deberán abstenerse de concurrir a sus lugares de trabajo y no podrán desplazarse por rutas, vías y espacios públicos

-Quienes se encuentren cumpliendo el aislamiento, solo podrán realizar desplazamientos mínimos e indispensables para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos.

 

Quedan exceptuadas del aislamiento social, preventivo y obligatorio las personas que se detallan a continuación: 

-Personal de salud.

-Fuerzas de Seguridad.

-Bomberos.

-Autoridades superiores del Gobierno Municipal.

-Personal de los Servicios de Justicia, conforme establezcan las autoridades competentes. 

-Quienes tengan a cargo el mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones). Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales. 

-Quienes tengan a su cargo el transporte y tratamiento de residuos peligros y patogénicos. 

-Personas que deban asistir a otras con discapacidad; a familiares que necesiten asistencia; y a personas mayores.

-Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.

-Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.

-Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y centros residenciales. 

 

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