El homicida de Pocho Lepratti no integrará la GUM de Arroyo Seco

El municipio ya seleccionó a los cinco integrantes que formarán parte de la dependencia. Admitieron que fue un error preseleccionar al ex policía.

País 22 de enero de 2020 Oscar A Canavese Oscar A Canavese
asesino pocho lepratti

El rechazo social que generó la posibilidad de que el homicida de Claudio "Pocho" Lepratti integre la Guardia Urbana Municipal (GUM) de Arroyo Seco logró el resultado esperado. Si bien el ex agente policial, Esteban "Tiki" Velázquez, había sido preseleccionado luego de inscribirse para integrar esa dependencia vinculada a la seguridad ciudadana, finalmente su aspiración quedó trunca. Aunque el municipio no emitió ningún comunicado en torno a la polémica que desató el caso, su nombre no figura en la nómina de los cinco agentes que fueron elegidos para formar parte de la GUM, lo que pone fin a la controversia.

Lo resuelto surgió de una junta examinadora que evaluó en el marco del concurso de antecedentes y oposición las "condiciones de idoneidad" de los postulantes "para ingresar a la administración pública municipal".

Si bien aún no fue establecida la fecha donde los seleccionados por orden de mérito comenzarán, período de prueba mediante a ejercer funciones, el intendente de Nizar Esper ya firmó el respectivo decreto junto al secretario de Gobierno, Adrián Spina, quien fue el encargado de informar públicamente lo resuelto. Quienes integrarán la guardia son Jorge Rafael Bernigaud, Rodrigo Javier Orlandini, Hernán Pons, Magalí Vilma Melisa Petri y Gisela Soledad Valle .

La intención y posterior admisión municipal para que el ex policía, que ya cumplió condena por el asesinato del militante social rosarino, tenga chances de integrar las filas de la GUM había generado, tal como dio cuenta LaCapital, un fuerte repudio y resistencia por parte de familiares de la víctima y organizaciones sociales, gremiales y de derechos humanos.

Tras la repercusión del caso, el presidente del Concejo Municipal, Luciano Crosio, rompió el silencio al sostener que fue "un error" admitir la participación de Velázquez ya que hay una ordenanza que lo prohíbe. Se trata de la normativa Nº 1724/08, la cual establece en su artículo séptimo determinadas situaciones que impiden integrar a la GUM. Y desde ese lugar el edil no dudo en señalar que Velázquez nunca debió haber superado la etapa de presentación de antecedentes, según publicó el portal digital de noticias Ojo de Prensa.

 
 
Al conocerse la definición sobre el proceso de evalución donde Velázquez quedó excluído, la hermana del militante social asesinado, Celeste Lepratti, manifestó que "logramos que se de marcha atrás gracias a la solidaridad inmediata de cientos de espacios de organización popular y el apoyo de miles de compañeros que repudiaron este atropello a la memoria de Pocho Lepratti y de todas las víctimas del aparato represivo del Estado".

La ex concejala rosarina celebró lo sucedido aunque sostuvo que "es sólo una parte de un debate que se abre por quien ordena y decide sobre la seguridad y convivencia en nuestra provincia, quien, en definitiva, decide sobre la seguridad del pueblo. Sigamos levantando la voz para terminar con tanta impunidad, nos merecemos vivir de otra manera".

Luego de ser condenado a 14 años de prisión por el homicidio, Velázquez salió en libertad condicional en 2011, a pesar de que la fiscal Elida Rivoira en su momento solicitó 18 años de prisión y la inhabilitación absoluta para ejercer cargos públicos, cuya sanción accesoria no se incluyó en el fallo.

La sentencia fue el resultado de una investigación judicial que probó la responsabilidad penal del ex agente del Comando Radioeléctrico de Villa G. Gálvez, quien el 19 de diciembre de 2001 abrió fuego y mató a Lepratti, cuando en medio de la represión le suplicaba a la policía desde el techo de la Escuela Nº 756 del barrio Las Flores que dejara de disparar "porque había niños comiendo".

Después de años de haber cometido tal acto criminal y purgar una condena, la memoria colectiva fue la principal garantía para poner frenos a sus intenciones de volver a cumplir una función pública en el Estado. Y ello quedó en evidencia luego de la trascendencia de lo ocurrido al admitirse la vigencia de una ordenanza local que, de haberse aplicado desde el primer momento, Velázquez ni siquiera hubiese tenido oportunidad de avanzar en sus pretenciones.

Además, rige la ley nacional Nº 25.164, la cual esta por encima de las normas provinciales y locales, que imposibilita el acceso a cargos públicos al personal que fue exonerado de las fuerzas de seguridad, como sucede en este caso.

La denuncia que visibilizó lo ocurrido fue plasmado el 16 de enero a través de un comunicado de familiares de Lepratti y organizaciones que manifestaron su malestar, algo que fue replicado a instancias de críticas en las redes sociales.

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